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Músicos y compositores: ¿qué impuestos te afectan?

by SocialMusik26 noviembre, 2015

Cuando de impuestos se trata, a no ser que uno sea un experto o te dediques a ello profesionalmente, lo habitual es estar pez en la materia. Se pueden conocer algunos tributos, pero siempre quedan lagunas. Vamos a intentar aclarar y detallar aquellas tasas que afectan directamente a los artistas del ámbito de la música.

En primer lugar, antes de meternos de lleno en materia, lo mejor es aclarar algunos conceptos básicos de la tributación:

  • Hecho imponible: toda actividad de tipo económico que obliga a pagar impuestos.
  • Responsabilidad social: se refiere a los compromisos y obligaciones económicas que se tienen con otras personas. Se deben saldar con los bienes personales o de una sociedad. Por ejemplo pagar deudas o los salarios a los trabajadores.
  • Retención: es el porcentaje que se resta al salario y que se paga a la administración en forma de impuesto. Es el caso del IRPF.
  • Sociedad: la institución que realiza una actividad económica y paga impuestos en su nombre. Normalmente los artistas crean Sociedades Colectivas. La Sociedad Limitada es la única en la que las personas que la forman no responden con sus bienes privados.

Es importante señalar que ser artista NO quiere decir que se uno tenga que darse de alta en el régimen de autónomos o trabajadores por cuenta propia. Es más, está especificado en la legislación. Por tanto, lo más habitual es hacerlo como trabajador por cuenta ajena. Es decir, estar contratado por un empresario.

Es la forma más sencilla de contribuir a las obligaciones con la Hacienda Pública, pero también es la más adecuada para músicos, bandas, agrupaciones, cantantes…

¿Qué impuestos afectan a la actividad musical? Clic para tuitear

Impuestos que se pagan por dar un concierto

Los artistas declaran a Hacienda la cotización que han recibido por su trabajo, pero quien cotiza a la Seguridad Social en nombre del músico es el ayuntamiento, institución, organismo o empresa que lo ha contratado. Además también asumirán el pago del IVA de las entradas que se hayan vendido para un concierto

El trabajador (el intérprete en este caso) solo debe responsabilizarse de hacer la declaración del Impuesto de las Personas Físicas (IRPF). A veces, el contratista establece el mismo IRPF que aplica en todos los contratos que realiza. En este caso, si al artista le toca declarar un impuesto más alto es beneficioso, porque en la declaración de la renta tendrá que pagar menos. Así que lo recomendable es que en los contratos, el IRPF se establezca alrededor de un 15% y así no tener sorpresas en la declaración de la renta

Impuestos por vender CD´s

Lo más aconsejable es consultar con un abogado como se debe declarar lo que se ha ganado por vender CD´s propios, sobre todo su la cantidad ha sido mínima o ha sido una acción promocional. Si las ventas superan los miles de ejemplares es mejor afiliarse o establecer una editorial.


Sabemos que es un tema complicado así que, ante cualquier duda, consulta a un profesional.

SocialMusik
Social Musik es un medio digital musical, una comunidad donde aprender, informarse y crecer como músico.
1 Comments
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  • 28 julio, 2016 at 08:33

    Una pregunta, pero como se hace cuando tenes una banda y compones canciones? Se tiene que pagar igual gane o no dinero? No termino de entender como funciona. Espero que me puedan responder

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